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martes, 20 de marzo de 2018

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CA3879 ¿El incumplimiento de las disposiciones de la Ley 155-17 contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo es susceptible de sanciones?

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Solución oficial

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hace 8 años

Sí, el incumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley 155-17 será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 3,4 y 5 de la referida ley, sin perjuicio de la aplicación de cualquier otra sanción dispuesta, acorde al hecho que la regularice.

Importante:

De conformidad con el Aviso 24-25, fue publicado el listado de sanciones firmes derivadas de procesos sancionadores administrativos contra sujetos obligados supervisados por esta DGII por infracciones en materia de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva. El listado está disponible en el apartado Prevención de Lavado de nuestro portal web y se actualizará periódicamente.

Base Legal: Ley 155-17, Art. 3, 4 y 5.

(Editado)