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martes, 1 de octubre de 2024 13:11

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CA5161 ¿Qué deben hacer las empresas constructoras para solicitar la exención del Impuesto Sobre los Activos?

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Solución oficial

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hace 2 meses

Para solicitar la exención del Impuesto Sobre los Activos, las empresas constructoras deben remitir a la cuenta de correo: registroproyectosinm@dgii.gov.do, los siguientes documentos:

  1. Formulario Solicitud de Exclusión Temporal de Impuesto Sobre los Activos (ISA) Sector Construcción (FI-DVB-010) llenado en formato digital, firmado y sellado.
  2. Estados Financieros firmados y sellados.
  3. Constancia de los desembolsos realizados por el Estado Dominicano, para los casos de proyectos estatales.
    En el asunto debe colocar la siguiente información: Exención periodo [especificar año].

Tiempo de respuesta: 50 días laborables (20 en el Departamento de Valoración de Bienes y 30 en el Departamento de Créditos y Compensaciones).
 
Costo del servicio:
Gratuito.
 
Quienes pueden solicitar:
Personas Jurídicas (constructoras e inmobiliarias) con proyectos registrados.
 
Cuando solicitar:
Tres (3) meses antes de la presentación del IR-2 del periodo al cual solicita la exención.

Importante:

  • Para beneficiarse de esta exención, es indispensable que el proyecto se encuentre registrado.
  • Esta solicitud debe realizarse anualmente, después del cierre del ejercicio fiscal a partir del cual se registró el proyecto.

Base legal: Ley 11-92, Art. 406, Párrafo II; Norma General 07-07, artículo 1.

(Editado)