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jueves, 1 de septiembre de 2022 16:53

Cerrado

CA4817 ¿Qué debo hacer en caso de recibir la observación No. 49 sobre diferencia de Ingresos Declarado en IR-1 vs. Reportes de Terceros, Compañía de Adquirencia y TSS?

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Solución oficial

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hace 2 años

Para gestionar la observación No. 49 sobre diferencia de Ingresos Declarado en IR-1 vs. Reportes de Terceros, Compañía de Adquirencia y TSS, deberá realizar los siguientes pasos:

 

Validar el Detalle de la Diferencia:

 

Deberá verificar si el Total Ingresos del IR-1 es menor que lo informado por sus clientes en los formatos de envío, por las compañías de Adquirencia por pagos recibidos con tarjetas, los salarios pagados reportados en la TSS y los libramientos reportados por el Estado, según corresponda:

 

 Diferencias con Reportes de NCF de clientes

 

  • Compare los montos y fechas de las facturas originales contra los comprobantes fiscales detallados en la opción “Detalle de informaciones” (Mis Observaciones/Ver detalle/Detalle de informaciones).

 

  • Si usted no reportó el comprobante fiscal en su 607, lo reportó en un período fiscal distinto o reportó un monto menor; deberá rectificar a través de la OFV,sus formatos 607 y deposite en su Administración Local los soportes de la rectificativa del IR-1 (proforma de la declaración y anexos con las correcciones).

 

  • Si la diferencia se debe a un error de sus clientes, contáctelo e infórmele el error detectado para que realice la corrección en su formato 606.

 

Diferencias con Reportes de operaciones pagadas con tarjetas

 

  • Compare, por fecha del comprobante, los montos de los volantes de pago contra el reporte de los bancos de Adquirencia detallados en la opción “Detalle de informaciones",(Mis Observaciones/Ver detalle/Detalle de informaciones).

 

  • Si reportó en su 607 un monto menor, en un período distinto al de la factura original o no reportó la operación; deberá rectificar a través de la OFV, sus formatos 607 y deposite en su Administración Local los soportes de la rectificativa del IR-1 (proforma de la declaración y anexos con las correcciones).

 

  • Si la diferencia se debe a un error de su banco, contáctelo e infórmele el error detectado para que realice las correcciones correspondientes.

 

Diferencias con Reportes de Tesorería de la Seguridad Social (TSS)

 

  • Compare el Ingresos por Salarios del IR-1con de suma de los salarios brutos recibidos en el año detallados en la opción “Detalle de informaciones” (Mis Observaciones/Ver detalle/Detalle de informaciones).

 

  • Si usted no declaró el ingreso, lo reportó en otro período fiscal o declaró un monto menor al recibido; deposite en su Administración Local los soportes de la rectificativa del IR-1 (proforma de la declaración y anexos con las correcciones).

 

  • Si la diferencia se debe a un error de su empleador, contáctelo e infórmele el error detectado para que realice la corrección en la nómina de la TSS.

 

Diferencias con Reportes de Tesorería Nacional

 

  • Compare el monto de los comprobantes de pagos de los libramientos y las facturas originales contra los libramientos reportado por el Estado detallados en la opción “Detalle de informaciones” (Mis Observaciones/Ver detalle/Detalle de informaciones).

 

  • Si usted no declaró el ingreso, lo reportó un período fiscal que no corresponde o reportó un monto menor al recibido; deberá rectificar a través de la OFV, sus formatos 607 y deposite en su Administración Local los soportes de la rectificativa del IR-1 (proforma de la declaración y anexos con las correcciones).

 

  • Si el pago correspondiente a un NCF de otro período fiscal; deposite en la administración local: copia de factura original, copia de libramiento y certificación de retenciones.

 

  • Si la diferencia se debe a un error de su cliente, contáctelo e infórmele el error detectado para que realice la corrección en su reporte.

 

Diferencias con Reportes de comisiones pagadas por aseguradoras y ARS

 

  • Compare los montos de los comprobantes de pago por comisión contra los reportes de las aseguradoras y ARS detallados en la opción “Detalle de informaciones” (Mis Observaciones/Ver detalle/Detalle de informaciones).

 

  • Si usted no declaró el ingreso, lo reportó en otro período o reportó un monto menor al recibido; deberá rectificar a través de la OFV, sus formatos 607 y deposite en su Administración Local los soportes de la rectificativa del IR-1 (proforma de la declaración y anexos con las correcciones).

  • Si la diferencia se debe a un error de su cliente, contáctelo e infórmele el error detectado para que realice la corrección en su formato 616.


Si las rectificativas del IR-1 afectan los ingresos presentados en sus IT-1, rectifique, a través de la OFV, su Declaración Jurada de ITBIS (IT-1 y Anexo) y realice las correcciones correspondientes.