Sí, el valor de los pagos a cuenta realizados debe registrarse en la casilla correspondiente del formulario de declaración, según aplique: “Pagos Computables a Cuenta”, “Compensaciones Autorizadas y Otros Pagos” u “Otros Pagos”.
De esta manera, el monto del impuesto determinado al momento de presentar la declaración será disminuido total o parcialmente, si el monto del pago a cuenta es igual o inferior al impuesto, o bien generará un saldo a favor cuando el monto del pago a cuenta sea superior al monto del impuesto.
Importante:
En caso de que el monto del impuesto sea mayor al valor del pago a cuenta, se le generarán recargos por mora e interés indemnizatorio sobre la diferencia resultante si la declaración es presentada después de la fecha límite.
Solución oficial
Jorgelina Quiñones
473 Mensajes
hace 8 años
Sí, el valor de los pagos a cuenta realizados debe registrarse en la casilla correspondiente del formulario de declaración, según aplique: “Pagos Computables a Cuenta”, “Compensaciones Autorizadas y Otros Pagos” u “Otros Pagos”.
De esta manera, el monto del impuesto determinado al momento de presentar la declaración será disminuido total o parcialmente, si el monto del pago a cuenta es igual o inferior al impuesto, o bien generará un saldo a favor cuando el monto del pago a cuenta sea superior al monto del impuesto.
Importante:
En caso de que el monto del impuesto sea mayor al valor del pago a cuenta, se le generarán recargos por mora e interés indemnizatorio sobre la diferencia resultante si la declaración es presentada después de la fecha límite.
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