Un pago a cuenta es un pago que se realiza de manera anticipada sobre un impuesto de un periodo determinado con la finalidad de evitar los recargos por mora e interés indemnizatorio cuando el contribuyente no puede presentar la declaración jurada a tiempo.
Puede realizar un pago a cuenta, a través de las siguientes vías:
Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientespasos:
Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
En el menú Solicitudes, presione la opción Pago a Cuenta.
Seleccione el impuesto, coloque el monto del pago a cuenta que desearealizar y presione el botón Aceptar.
El sistema le generará una autorización de pago. Verifique los datospresentados, presione el botón Imprimir o Cerrar segúncorresponda.
De manera presencial, presentándose en el área de control de contribuyentes de la Administración Local que corresponde para que le generen la autorización de pago y luego pasar al área de caja a realizar el pago correspondiente.
Importante:
El pago a cuenta no exime de la presentación de la declaración.
Podrá solicitar pago a cuenta de cualquier impuesto hasta la fecha límite de presentación y pago, siempre que corresponda al periodo vigente y no haya presentado la declaración.
La autorización de pago debe ser utilizada el mismo día en que es generada; en caso contrario, debe generar una nueva.
A través de la Oficina Virtual, el contribuyente solo podrá solicitar pago a cuenta de los de impuestos a los que se encuentra obligado*, siempre que corresponda al periodo vigente y no haya presentado la declaración.
*En el caso del IR-17, no es posible solicitar pago a cuenta a través de la Oficina Virtual, debido a que el mismo no constituye una obligación, sino que dicho impuesto debe ser declarado solo cuando el contribuyente haya efectuado retenciones u otorgado retribuciones complementarias.
*En el caso del impuesto a los activos, no es posible solicitar pago a cuenta a través de la Oficina Virtual, debido a que el mismo no constituye una obligación, sino cuando este sea mayor al Impuesto Sobre la Renta (ISR).
El pago a cuenta puede ser solicitado tantas veces sea necesario hasta la fecha hábil de presentación de la declaración correspondiente.
A través de la Oficina Virtual no es posible solicitar pago a cuenta de los anticipos.
A través de la Oficina Virtual es posible solicitar pago a cuenta de la contribución especial para la gestión integral de residuos sólidos siempre y cuando la obligación se encuentre activa.
Solución oficial
MAMF
686 Mensajes
hace 7 años
Un pago a cuenta es un pago que se realiza de manera anticipada sobre un impuesto de un periodo determinado con la finalidad de evitar los recargos por mora e interés indemnizatorio cuando el contribuyente no puede presentar la declaración jurada a tiempo.
Puede realizar un pago a cuenta, a través de las siguientes vías:
Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientespasos:
De manera presencial, presentándose en el área de control de contribuyentes de la Administración Local que corresponde para que le generen la autorización de pago y luego pasar al área de caja a realizar el pago correspondiente.
Importante:
*En el caso del impuesto a los activos, no es posible solicitar pago a cuenta a través de la Oficina Virtual, debido a que el mismo no constituye una obligación, sino cuando este sea mayor al Impuesto Sobre la Renta (ISR).
(Editado)
0