La transferencia de un inmueble debe ser realizada dentro de los seis (6) meses contados a partir de la elaboración del acto de transferencia de la propiedad.
Consideraciones Importantes:
En el caso de los contratos de ventas del Estado, sujetos a aprobación del Congreso Nacional, la fecha que se toma en cuenta para fines de la aplicación del plazo es la fecha en que el congreso aprueba la venta mediante resolución.
Luego de transcurrido el plazo indicado, la DGII procederá a intimar al adquiriente para que realice el pago de los impuestos correspondientes con los recargos e intereses que se hayan generado.
Base Legal: Ley 288-04, Art. 20 (modificado por el Art. 7 de la ley 173-07); Norma 08-14, Art 5.
Solución oficial
MA
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hace 7 años
Consideraciones Importantes:
- En el caso de los contratos de ventas del Estado, sujetos a aprobación del Congreso Nacional, la fecha que se toma en cuenta para fines de la aplicación del plazo es la fecha en que el congreso aprueba la venta mediante resolución.
- Luego de transcurrido el plazo indicado, la DGII procederá a intimar al adquiriente para que realice el pago de los impuestos correspondientes con los recargos e intereses que se hayan generado.
Base Legal: Ley 288-04, Art. 20 (modificado por el Art. 7 de la ley 173-07); Norma 08-14, Art 5.0
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