No, cuando una persona física solicite una estimación de oficio no podrá deducir los gastos en educación a los fines de acogerse a la Ley 179-09 ya que, con la aplicación de la Tasa Efectiva de Tributación (TET) son aplicados todos los posibles gastos asociados a la actividad.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
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hace 10 meses
No, cuando una persona física solicite una estimación de oficio no podrá deducir los gastos en educación a los fines de acogerse a la Ley 179-09 ya que, con la aplicación de la Tasa Efectiva de Tributación (TET) son aplicados todos los posibles gastos asociados a la actividad.
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