La Ley 179-09 Sobre Deducción de Gastos en Educación consiste en permitir a las Personas Físicas, excepto los Negocios de Único Dueño, que paguen Impuesto Sobre la Renta directamente o a través de un empleador, deducir de sus ingresos brutos los gastos realizados para cubrir la inscripción y cuotas periódicas de la educación básica (incluyendo preescolar), media, técnica y universitaria (grado y postgrado) de sus dependientes directos no asalariados (hijos e hijas) y los propios. Consideraciones Importantes: Esta ley entró en vigencia a partir del año fiscal 2009.
Solución oficial
Marleny J. Mena
898 Mensajes
hace 7 años
Consideraciones Importantes:
Esta ley entró en vigencia a partir del año fiscal 2009.
Base Legal: Ley 179-09, Art. 1; Norma General 06-09, Art. 1.
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