Si está pagando un crédito educativo puede registrar sus facturas para beneficiarse de la ley de gastos educativos, ya que la procedencia del pago no es un impedimento establecido en la ley. No obstante, las facturas deben ser emitidas por la entidad educativa con comprobantes válidos para crédito fiscal y deben estar a nombre del beneficiario.
Consideraciones Importantes: Aplica para préstamos a través de FUNDAPEC.
Solución oficial
Marleny J. Mena
898 Mensajes
hace 7 años
Consideraciones Importantes:
Aplica para préstamos a través de FUNDAPEC.
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