Perfil de Marleny J. Mena

martes, 9 de enero de 2018 20:58

Cerrado

CA1316 ¿Puedo beneficiarme de la ley de gastos educativos si estoy registrado con una actividad comercial y a la vez soy asalariado?

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Solución oficial

898 Mensajes

hace 7 años

Sí, puede beneficiarse de la ley de gastos educativos, siempre y cuando su actividad comercial no esté registrada como Negocio de Único Dueño.

Consideraciones Importantes: 
El contribuyente debe presentar la Declaración Jurada de Personas Físicas IR-1 y registrar los gastos educativos a través del panel de asalariados en la Oficina Virtual.
Base Legal: Ley 179-09, Art. 1; Norma 06-09, Art. 1.