Sí, puede beneficiarse siendo extranjero siempre y cuando sea un nacional con Cédula de Identidad y Electoral y su salario mensual esté sujeto a retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Base Legal: Constitución Dominicana , Art.18 y 19; Código Civil, Art. 8 y 9.
Solución oficial
Marleny J. Mena
898 Mensajes
hace 7 años
Base Legal: Constitución Dominicana , Art.18 y 19; Código Civil, Art. 8 y 9.
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