Sí, puede beneficiarse siendo extranjero siempre y cuando sea un nacional con Cédula de Identidad y Electoral y su salario mensual esté sujeto a retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Base Legal: Constitución Dominicana , Art.18 y 19; Código Civil, Art. 8 y 9.
Respuestas
Solución oficial
mjmm
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hace 3 años
Base Legal: Constitución Dominicana , Art.18 y 19; Código Civil, Art. 8 y 9.
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