No, los certificados digitales para procesos tributarios corresponden a personas físicas, los cuales sirven para identificarle como usuario en Internet, asociando a la persona física a una serie de datos, siendo necesario un tercero de confianza o autoridad certificadora que autentifique dicha asociación.
Base legal: Resolución 035-2020, Art. 35, Norma de Aplicación de la Ley 126-02, Arts. 17 y 20.
Solución oficial
OTM .
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hace 1 año
No, los certificados digitales para procesos tributarios corresponden a personas físicas, los cuales sirven para identificarle como usuario en Internet, asociando a la persona física a una serie de datos, siendo necesario un tercero de confianza o autoridad certificadora que autentifique dicha asociación.
Base legal: Resolución 035-2020, Art. 35, Norma de Aplicación de la Ley 126-02, Arts. 17 y 20.
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