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martes, 14 de mayo de 2024 19:34

Cerrado

Venta de servicios exentos y bienes gravados con verifone

Buenas tardes,

un salon que tiene como actividad principal que es exenta de itbis pero tiene varias actividades secundarias gravadas siendo una de ellas la venta de bebidas y ropa ha puesto un verifone y porque la actividad principal es exenta la procesadoras de tarjeta no retienen el itbis aunque nos abrieran la opcion para hacerlo manual; y solo se nos presenta en los voucher la solucion que nos dan es que lo tomemos de los voucher y reportemos de acuerdo a ellos y guardemos los mismos ya que ellos solo toman en consideracion la actividad principal a fin de hacer el cruce con dgii. Mi pregunta es la siguiente el hacer lo que me comunica la procesadora de tomar el itbis de los voucher y reportarlo a pesar de que el cruce de tarjeta ellos me reportan exento no me traeria una futura notificación de inconsistencia?

Solución oficial

Buenas tardes, Nicol. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, en caso de recibir la totalidad del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), corresponde su declaración y pago en la declaración jurada IT-1.En ese mismo orden, para conocer si tendrán inconveniente le recomendamos comunicarse al área de Fiscalización Interna de la Administración Local a la que pertenece, a fin de recibir la orientación sobre el procedimiento a seguir. El departamento de Fiscalización cuenta con un personal capacitado para instruir al contribuyente respecto al llenado de las diferentes declaraciones juradas, además de orientar sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General.

 

Ayúdenos a seguir mejorando su experiencia en la atención recibida en el canal digital. Por favor complete las siguientes preguntas, solo le tomará un minuto: https://cutt.ly/XTogNgQ.

En el caso de que su inquietud no haya sido atendida puede responder a este correo o puede contactarnos a través de nuestros canales alternos para otorgarle una respuesta en el menor tiempo posible.

Comunidad de Ayuda: https://ayuda.dgii.gov.do/dgii

• Centro de Contacto DGII: (809) 689-3444. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M

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