Buenos días, su inquietud fue respondida por el Sr. Angel Graciano, para rectificar los formatos de envío basta con enviar el archivo corregido nuevamente a través de la Oficina Virtual.
Los formatos de envíos de datos que pueden ser rectificados sin autorización son: 1. Formato de Compras de Bienes y Servicios (606). 2. Formato de Ventas de Bienes y Servicios (607). 3. Formato de NCF Anulados (608). 4. Formato de Pagos al Exterior (609). El Formato de NCF Anulados (608) no puede rectificarse en cero, es decir debe contener por lo menos un registro.
• Cuando se trate de rectificativas de los formatos 607,608 y 609 correspondientes a periodos anteriores a enero 2015 se debe solicitar previa autorización. • En el caso del formato 606, cuando presente algún bloqueo se debe validar la razón de este en la Administración Local correspondiente sin discriminar el periodo.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII”.
se puede reenviar, si afectan el Itbis en el 606 o 607, tiene que rectificar el it-1, para el reenvio, cargarlo con las nuevas informaciones y realizar el envio
Solución oficial
Ismelda Taveras
799 Mensajes
hace 6 años
Los formatos de envíos de datos que pueden ser rectificados sin autorización son:
1. Formato de Compras de Bienes y Servicios (606).
2. Formato de Ventas de Bienes y Servicios (607).
3. Formato de NCF Anulados (608).
4. Formato de Pagos al Exterior (609).
El Formato de NCF Anulados (608) no puede rectificarse en cero, es decir debe contener por lo menos un registro.
• Cuando se trate de rectificativas de los formatos 607,608 y 609 correspondientes a periodos anteriores a enero 2015 se debe solicitar previa autorización.
• En el caso del formato 606, cuando presente algún bloqueo se debe validar la razón de este en la Administración Local correspondiente sin discriminar el periodo.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII”.
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angel graciano baez ramire
15 Mensajes
hace 6 años
para el reenvio, cargarlo con las nuevas informaciones y realizar el envio
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