5 Mensajes
Saldo a favor o ir13
Una persona sin comisiones y solo con un sueldo de 45 y beneficio de ley, puede solicitar o declamar la carta de saldo a favor o ir13
?
5 Mensajes
Una persona sin comisiones y solo con un sueldo de 45 y beneficio de ley, puede solicitar o declamar la carta de saldo a favor o ir13
?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 1 año
Buenas tardes, Joel. Gracias por contactarnos.
Le informamos que todo asalariado que devengue un salario sujeto a retención del ISR y posea un saldo a favor puede solicitarlo, ya que el monto del saldo a favor del ISR se genera debido al exceso del impuesto retenido por el Empleador durante el año.
Los empleadores deben efectuar retención del Impuesto Sobre la Renta cuando el salario devengado por sus empleados excede la doceava parte de la exención contributiva anual establecida en el artículo 299 del Código Tributario y luego de deducido el Seguro Familiar de Salud (SFS), la Seguridad Social (SS) y el Fondo de Pensiones (AFP).
Conforme a la tabla de retención del periodo 2023 el salario exento (luego de la deducción) corresponde al monto inferior a los RD$34,700.00.
Importante:
Cuando un asalariado recibe del mismo agente de retención (empleador) cualquier otro pago sujeto a retención, este se sumará al salario y formará parte de la base para el cálculo del impuesto a retener, es decir la retención del ISR se hará en base al ingreso total percibido por el empleado en el mes correspondiente.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
0
0