jueves, 22 de mayo de 2025

Cerrado

educacion superior empleado

Si la empresa desea pagar la educacion de un empleado, puede pedir NCF de la factura o que proceso debe llevar?

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Solución oficial

Buenas tardes, Priscilla. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, en los demás los beneficios otorgados por el empleador a su personal y/o sus dependientes en la forma de gastos alimenticios, gastos de educación (en cuanto no se trate de programas de capacitación directamente vinculados al ejercicio de las funciones inherentes al funcionario o empleado), primas de seguro personal de vida, salud, los aportes a planes de seguridad social y otros conceptos similares en la medida que excedan los niveles fijados por la Ley o por convenios colectivos de trabajo. La base para el cálculo del Impuesto será la suma de todos los gastos imputados por los conceptos mencionados.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.

Cuales son los niveles fijados por la ley?

Buenos días, Priscilla. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, se refiere a beneficios no estrictamente especificados, pero que tienen naturaleza parecida, como:

  • Bonificaciones especiales no contempladas por ley.
  • Membresías a clubes, gimnasios o beneficios recreativos pagados por el empleador.
  • Vehículos asignados para uso personal.
  • Gastos de vivienda cubiertos por la empresa.
  • Entre otros, siempre que representen una ventaja económica para el trabajador.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.