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miércoles, 22 de mayo de 2024

Cerrado

Saldo a favor en retenciones de ITBIS en que casilla se coloca para aprovecharlo en el siguiente mes?

Tengo una compañia que ya posee en el IT1 en la casilla 34 del IT1 en el mes se hizo un pago a cuenta por retenciones de ITBIS y la casilla 63 cerro con un saldo a favor tambien... como puedo aprovecharmelo en el siguiente mes? debo sumarlo al saldo a favor de itbis en la casilla 29? o debo colocarlo como pago a cuenta en la casilla 61?

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Solución oficial

Buenos días, Luisa. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el saldo a favor del ITBIS facturado es diferente del ITBIS retenido y no pueden ser utilizados entre ambos. Es decir, el saldo que genere el ITBIS facturado no será compensado con el ITBIS retenido. En ese mismo orden, le recomendamos verificar a través de la Administración Local la cual corresponde el contribuyente si el pago a cuenta realizado fue generado para el ITBIS retenido o ITBIS facturado.

 

Ayúdenos a seguir mejorando su experiencia en la atención recibida en el canal digital. Por favor complete las siguientes preguntas, solo le tomará un minuto: https://cutt.ly/XTogNgQ.

En el caso de que su inquietud no haya sido atendida puede responder a este correo o puede contactarnos a través de nuestros canales alternos para otorgarle una respuesta en el menor tiempo posible.

Comunidad de Ayuda: https://ayuda.dgii.gov.do/dgii

• Centro de Contacto DGII: (809) 689-3444. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M

• Oficinas a nivel nacional: https://www.dgii.gov.do/getsatisfaction/map/maps.html

¡Para nosotros es un placer servirle!

Encuesta de satisfacción sobre la asistencia recibida a través de las cuentas de correos electrónicos de la DGII

Buenas tardes, Luisa. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su caso, le informamos que, para poder ayudarle debe especificarnos su número de Cédula o RNC; a fin de que podamos hacer las verificaciones de lugar y brindarle la asistencia requerida además de un número de teléfono de contacto.

 

Nota: Colocamos la consulta en privado por el tipo de información a solicitar.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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