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lunes, 20 de mayo de 2024 16:45

Cerrado

Retención ITBIS servicios de rotulación

Buenas tardes,

Una persona jurídica le realiza el servicio por concepto de señalizaciones (letreros indicando salidas, entradas, salidas de emergencia etc) y rotulación, quisiera saber si esto aplica para retención del 30% del ITBIS. 

Favor indicarme base legal.

Saludos

Solución oficial

Buenas tardes, Yanery. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, la retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) entre entidades Jurídicas solo aplica cuando se trate de la prestación de los siguientes servicios: https://acortar.link/TkGXZX

 

En ese mismo orden, a los fines de la aplicación del Artículo 1 de la Norma 02-05, se consideran servicios profesionales liberales, sin que esta enunciación sea considerada limitativa, los siguientes servicios:

 

a. Ingeniería en todas sus ramas.

b. Arquitectura.

c. Contaduría.

d. Auditoría.

e. Abogacía.

f. Computacionales.

g. Administración.

h. Diseño.

i. Asesorías.

j. Consultorías en general.

 

Ayúdenos a seguir mejorando su experiencia en la atención recibida en el canal digital. Por favor complete las siguientes preguntas, solo le tomará un minuto: https://cutt.ly/XTogNgQ.

En el caso de que su inquietud no haya sido atendida puede responder a este correo o puede contactarnos a través de nuestros canales alternos para otorgarle una respuesta en el menor tiempo posible.

Comunidad de Ayuda: https://ayuda.dgii.gov.do/dgii

• Centro de Contacto DGII: (809) 689-3444. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M

• Oficinas a nivel nacional: https://www.dgii.gov.do/getsatisfaction/map/maps.html

¡Para nosotros es un placer servirle!

Encuesta de satisfacción sobre la asistencia recibida a través de las cuentas de correos electrónicos de la DGII

Gracias, entonces en el caso expuesto, aplica o no aplica?

Buenos días, Yanery. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, según en su caso particular, no aplica la retención del 30% del ITBIS.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.