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Rectificativa IT-1 Vía Oficina Virtual
Según vi en las redes, se ha habilitado la facilidad de hacer la rectificativa del IT-1 via la OFV, lo que es una gran alivio con todo esto del COVID-19, así se evita tener que asistir presencialmente a la DGII.
Precisamente hoy he intentado usar esta facilidad porque en la declaración del Anexo A faltaron unos datos. No sé porqué pero no me permite hacer la rectificativa. En mi caso, Persona Física. Hay algún paso previo que dar para que se autorice la rectificativa? Cómo se corrige esto sin tener que ser presencial?
Precisamente hoy he intentado usar esta facilidad porque en la declaración del Anexo A faltaron unos datos. No sé porqué pero no me permite hacer la rectificativa. En mi caso, Persona Física. Hay algún paso previo que dar para que se autorice la rectificativa? Cómo se corrige esto sin tener que ser presencial?
Solución oficial
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4.8K Mensajes
hace 5 años
• Que haya sido digitada por Oficina Virtual.
• Que se encuentre dentro del plazo hábil de presentación.
• Que no tenga cuotas pagadas de acuerdos de pago de la misma declaración que se desea eliminar.
Puedes acceder al instructivo disponible en nuestro Portal Web DGII mediante este enlace:
https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/oficinaVirtual/Documents...
En caso de que no cumplas con dichas condiciones, lo que procede es solicitar una rectificativa.
Es posible rectificar el IT-1 por medio de la Oficina Virtual siempre y cuando cumplas con estas condiciones:
https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca237-con-cuales-condiciones-debo-cumplir-para-poder-realizar-...
Para rectificar el IT-1 por la Oficina Virtual debes seguir estos pasos:
https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca238-que-debo-hacer-para-realizar-una-rectificativa-del-it-1-...
En caso de que no cumplas con las condiciones indicadas anteriormente, deberás realizar tu solicitud de rectificativa de manera presencial:
https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca231-que-debo-hacer-para-rectificar-una-declaracion-jurada
Importante: en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referente a la asistencia presencial en nuestras oficinas, por lo que, te exhortamos consultar los Avisos 63-20 y 64-20:
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/63-20.pdf
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/64-20.pdf
Puedes visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) en el horario establecido y tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestros avisos, sin embargo, para visitar las Administraciones Locales debes requerir una cita de acuerdo con dicho aviso.
Queremos ofrecerte la mejor experiencia y, en este sentido, nos gustaría saber qué opinas de la Comunidad de Ayuda. Por favor completa la siguiente encuesta:
https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_comunidad_ayuda_DGII_PB_D2MMZ9X
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Dora Pariente
50 Mensajes
hace 5 años
Se supone que debes tener la tarjeta de claves, si es afirmativa debes ingresar en el menu de rectificativa y realizarla, en caso contrario haz un print screen o captura de pantalla, enviandola a oficinavirtual@dgii.gov.do y preguntar
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