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Rectificativa de itbis retenido
Buenos días
mi pregunta es la siguiente: para hacer una rectificativa de ITBIS para agregar un ITBIS retenido que no se reporto en su momento, en el IT-1 a rectificar solamente tengo que agregar ese monto de retención o es todo lo que se había presentado anteriormente mas esa retención?.
Además en el IT-1 me calcula los recargo e interés indemnizatorio a pagar?


Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 meses
Buenas tardes, Ana. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, al realizar la rectificativa debe colocar todo lo que había colocado en dicho periodo más la retención y colocar el monto que pago en su momento, con el fin de que los recargos e intereses solo se le calculen del monto restante que sería el de la retención que no envió.
Puede ver los pasos para realizar una rectificativa en el siguiente enlace: https://ayuda.dgii.gov.do/conversations/rectificativas/ca3716-qu-debo-hacer-para-realizar-una-rectificativa-del-it1-a-travs-de-la-oficina-virtual/5f3c17658cd858ce879b5664
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