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viernes, 10 de mayo de 2024 14:03

Cerrado

¿Que impuesto aplica a una ecisión con inmuebles?

Estoy interesado en realizar una ecision en donde el patrimonio a escindir son 4 inmuebles. 


De manera especifica, la sociedad escindira su patrimonio en favor de una nueva compañia en la forma en que le dará 4 apartamentos. Como se produce un cambio en el derecho de propiedad de los inmuebles, me preguntaba que impuesto es el aplicable al caso. 

Mi pregunta viene porque de conformidad con la Ley, la ecisión es una figura jurídica que permite dividir el patrimonio de una persona jurídica en dos (2) o más partes.  Incluso, la empresa beneficiaria, como contraprestación a la ecisión, otorga acciones a los socios de la compañia original. 

En virtud de esto, entiendo que la intención del legislador es que la transferencia de inmuebles en este caso no sea considerada como una donación, porque no lo es. En definitiva, quisiera saber si podrían indicar, cual es el criterio de la DGII y que impuesto es el aplicable al caso. 

Solución oficial

Buenos días, Miguel. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, la empresa beneficiaria, como contraprestación a la escisión, otorga acciones a los socios de la compañía original, deberá realizar la transferencia del inmueble por permuta: https://acortar.link/PisQpc

 

Base legal: código civil art. 1702.

 

Ayúdenos a seguir mejorando su experiencia en la atención recibida en el canal digital. Por favor complete las siguientes preguntas, solo le tomará un minuto: https://cutt.ly/XTogNgQ.

 

En el caso de que su inquietud no haya sido atendida puede responder a este correo o puede contactarnos a través de nuestros canales alternos para otorgarle una respuesta en el menor tiempo posible.

Comunidad de Ayuda: https://ayuda.dgii.gov.do/dgii

• Centro de Contacto DGII: (809) 689-3444. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M

• Oficinas a nivel nacional: https://www.dgii.gov.do/getsatisfaction/map/maps.html

¡Para nosotros es un placer servirle!

Encuesta de satisfacción sobre la asistencia recibida a través de las cuentas de correos electrónicos de la DGII

Buenas tardes, Miguel. ¡Gracias por contactarnos!

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

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