miércoles, 10 de junio de 2020 15:36

Cerrado

Proceso para autorización de decomiso de materia prima descontinuada para una Compañía de Zona Franca

Cúal es el proceso a seguir para que la DGII autorize una comañía de Zona Franca para destruir o decomisar materia prima descontinuada y si tiene algún costo cúal es?

Solución oficial

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hace 5 años

Buenas tardes, Jennifer. Para solicitar autorización para la destrucción o decomiso de inventario debes depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en la Administración Local más cercana, los siguientes documentos: 

1. Carta de solicitud firmada [en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada].
2. Listado de los productos o artículos a destruir que incluya su costo, firmado y sellado por la empresa.

Importante: 

El costo de este trámite es indicado en el oficio emitido por el auditor asignado y el mismo es determinado de acuerdo al valor del inventario a destruir, según la escala establecida:

• De RD$ 1.00 hasta RD$1,000,000.00 el monto a pagar es de RD$5,000.00.
• De RD$1, 000,001.00 hasta RD$ 4, 000,000.00 el monto a pagar es 0.5% del valor a destruir.
• De RD$4,000,001.00 en adelante el monto a pagar es de RD$20,000.00.

El pago de este servicio solo se realiza en el área de caja de las administraciones locales y la sede central, mediante la presentación de la carta que emite el área de fiscalización donde se detalla el monto a pagar y cumpliendo con las especificaciones establecidas en la política de manejo de efectivo y Cheques. 

Si vas a informar la destrucción o descargo de un equipo o maquinaria de tu activo fijo (que no es parte del inventario) debes reportarlo en tus libros contables.

Nota: en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referente a la asistencia presencial en nuestras oficinas, por lo que, te exhortamos consultar los Avisos 63-20 y 64-20:

https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/63-20.pdf
https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/64-20.pdf

Puedes visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) en el horario establecido y tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestros avisos, sin embargo, para visitar las Administraciones Locales debes requerir una cita de acuerdo con dicho aviso.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!