lunes, 9 de octubre de 2023 21:26

Cerrado

Pago Impuesto sobre los activos

Buenas, si se pago la primera cuota del impuesto a activos imponibles, se puede aun pedir una exención del segundo pago? si es así, como la empresa debe proceder a hacer la solicitud

Solución oficial

Buenos días, Priscilla. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, no puede solicitar la exención para el segundo pago, debido a que la solicitud para la exención del pago de activo debe realizarse por lo menos tres (3) meses antes de la fecha límite de presentación de la declaración del Impuesto Sobre Activos.

 

Para conocer los pasos que debe agotar para solicitar la misma, ingrese al siguiente enlace: CA1815 ¿Qué debo hacer para solicitar una exención o exclusión temporal del pago del Impuesto Sobre los Activos? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos (dgii.gov.do)

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)  



Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.  



Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 



¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!  



Es un placer servirle.

Buenos días, Priscilla. Gracias por contactarnos. 



Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)  



Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.  



Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 



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