Si como una Fundación realizo pagos universidades en el extranjero por becas a estudiantes, debo realizar algún tipo de retención? como debo reportar estos pagos?
Buenos días. Sí, al pago realizado al exterior por capacitación debes emitir un Comprobante para Pagos al Exterior (B17), retener un 27% de ISR por concepto de pagos al exterior, reportar la transacción en el Formato 606, 609 y pagar la retención mediante el IR-17. Artículo 309 de la Ley 11-92 (Código Tributario). Importante: no debes colocar la retención de ISR en el Formato 606.
Recuerda que a través de la Oficina Virtual puedes realizar tus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
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Buenos días, quienes paguen o acrediten en cuenta rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas, jurídicas o entidades no residentes o no domiciliadas en el país, deberán retener e ingresar a la Administración, con carácter de pago único y definitivo del ISR el 27% a los pagos realizados al exterior por concepto de prestación de servicios. Ley 11-92, Art. 305 (modificado por el Art. 5 de la Ley 253-12).
La retención se enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).
El comprobante B17
debe ser reportado en el Formato de Compras de Bienes y Servicios (606). La
retención se enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será
pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y Retribuciones
Complementarias (IR-17).
El ID tributario en el Formato 606 será tu RNC o número de
cédula.
Solución oficial
R R
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hace 5 años
Importante: no debes colocar la retención de ISR en el Formato 606.
Recuerda que a través de la Oficina Virtual puedes realizar tus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
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jr acv2
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hace 5 años
La retención se enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).
El comprobante B17 debe ser reportado en el Formato de Compras de Bienes y Servicios (606). La retención se enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).
El ID tributario en el Formato 606 será tu RNC o número de cédula.
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