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martes, 8 de septiembre de 2020

Cerrado

Pago a universidades en el extranjero

Si como una Fundación realizo pagos universidades en el extranjero por becas a estudiantes, debo realizar algún tipo de retención? como debo reportar estos pagos?
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Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 5 años

Buenos días. Sí, al pago realizado al exterior por capacitación debes emitir un Comprobante para Pagos al Exterior (B17), retener un 27% de ISR por concepto de pagos al exterior, reportar la transacción en el Formato 606, 609 y pagar la retención mediante el IR-17. Artículo 309 de la Ley 11-92 (Código Tributario).

Importante: no debes colocar la retención de ISR en el Formato 606.

Recuerda que a través de la Oficina Virtual puedes realizar tus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

243 Mensajes

hace 5 años

Buenos días, quienes paguen o acrediten en cuenta rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas, jurídicas o entidades no residentes o no domiciliadas en el país, deberán retener e ingresar a la Administración, con carácter de pago único y definitivo del ISR el 27% a los pagos realizados al exterior por concepto de prestación de servicios. Ley 11-92, Art. 305 (modificado por el Art. 5 de la Ley 253-12).

La retención se enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).

El comprobante B17 debe ser reportado en el Formato de Compras de Bienes y Servicios (606). La retención se enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).

El ID tributario en el Formato 606 será tu RNC o número de cédula.