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Pago a extranjero residente en el país
Una persona física con pasaporte residente en el país y posee una cuenta bancaria nacional brinda servicios profesionales a una empresa jurídica, cómo se reportaría el gasto a la DGII?
En este caso no aplicaría considerarlo como una remesa.


Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
7.6K Mensajes
hace 3 meses
Buenos días, Yamel. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, si aplicaría como un pago al exterior debido a que usted no puede emitirle un Comprobante de Compras porque él no tiene cédula y él tampoco puede emitirle un NCF válido para Crédito Fiscal porque no está nacionalizado y no es contribuyente, por lo que, corresponde brindarle el tratamiento de pago al exterior aunque el pago sea realizado en una cuenta nacional.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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