Perfil de Adrian Natera

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lunes, 18 de mayo de 2020

Cerrado

Notas de créditos mayores en un mes sin ingresos

Hola!

Tengo unos casos con clientes

1) Notas de créditos en el mes pero no tuvo ingresos

2) Notas de créditos superan a sus ingresos del mes.

¿Cuáles serían los pasos a seguir para fines del IT-? Me queda en negativo la declaración.

Un cordial saludo!
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Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 6 años

Buenas tardes, Adrian. Cuando el ITBIS en las notas de crédito supera el total del período que estás reportando, estas deben ser emitidas nuevamente con fecha del mismo periodo en que fueron emitidas las facturas originales. En estos casos, debes solicitar la rectificativa tanto del formato 607 como del IT-1 del mes correspondiente, y de los períodos subsiguientes, según aplique. 

Para rectificar el Formato 607 solo debes enviarlo nuevamente con las informaciones corregidas.

Para rectificar el IT-1 debes seguir estos pasos:

https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca231-que-debo-hacer-para-rectificar-una-declaracion-jurada

Importante: en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 por el momento no estamos recibiendo solicitudes presenciales, por lo que, te exhortamos mantenerte verificando nuestros canales de comunicación oficiales, a fin de que te enteres de forma oportuna cuando sean abiertos nuevamente estos trámites.

Puedes rectificar el IT-1 por medio de la Oficina Virtual siempre y cuando cumplas con estas condiciones:

https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca237-con-cuales-condiciones-debo-cumplir-para-poder-realizar-...

Para rectificar el IT-1 por la Oficina Virtual debes seguir estos pasos:

https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca238-que-debo-hacer-para-realizar-una-rectificativa-del-it-1-...

Importante: debes anular el NCF de la nota de crédito y emitir una nueva. Tu cliente también debe rectificar sus envíos para evitar inconsistencias.

Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas únicamente en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!