12 Mensajes
NOTA DE CREDITO APLICADA A UNA FACTURA CON PROPINAL LEGAL
Buenas Tardes Sres , tengo una duda sobre la aplicación de una Nota de Crédito que se emite a un NCF que posee Propinal legal, al momento de enviar el 607, el B04 debería rebajar el monto correspondiente a la factura afectada, sin embargo el resumen del envio 607 refleja el monto full , es decir No me reconoce en la parte de propina legal y me obliga a declarar
La duda es si que al aplicar la propina estoy obligada a declararla asi emita una NC o si es que debo hacer otro proceso en 607, para que la reste
Cabe destacar que el monto de NCF es igual al monto de la propina legal
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
23K Mensajes
hace 1 año
Buenos días, Belkys. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, dada la naturaleza de la Propina Legal, no es posible su reembolso una vez se ha consumado el hecho generador. Esto, debido a que el Art. 228 del Código de Trabajo establece que, en los hoteles, restaurantes, cafés, barras y en general, en los establecimientos comerciales donde se expende para su consumo en esos mismos lugares comidas o bebidas, es obligatorio para el empleador agregar un diez por ciento por concepto de propina en las notas o cuentas de los clientes, o de otro modo que satisfaga dicha percepción, a fin de ser distribuido íntegramente entre los trabajadores que han prestado servicio.
Dicho lo anterior, se entiende que el servicio u operación fue consumado, toda vez que la factura original que intenta ser afectada por una Nota de Crédito posee transparentada la Propina Legal, situación por la cual el Formato 607 no rebaja dicho monto de la factura afectada por la Nota de Crédito.
Si requiere mayores detalles en torno a la transacción, le recomendamos comunicarse o dirigirse a la Sección de Fiscalización de la Administración Local a la cual corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes respecto al tratamiento fiscal aplicable a las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado, remisión y cálculos propios de los formularios y Declaraciones Juradas.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
2