Perfil de Derek Sai

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miércoles, 13 de mayo de 2020

Cerrado

Nota de crédito emitida en un mes diferente a su factura pero dentro de los 30 días

una factura de venta (607) emitida en marzo (reportada por nosotros y el cliente), se le realizo una nota de crédito en abril y la misma corresponde dentro de los 30 días a pesar de que son periodos diferentes., pero resulta que el monto de la nota de crédito es mayor a mi total de ventas de abril, como puedo reportarlo porque ahora mi periodo se ve en negativo???? y que pasa con el Itbis me debe de quedar un saldo a favor ??
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Solución oficial

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hace 6 años

Buenas tardes, Derek. Cuando el ITBIS en las notas de crédito supera el total del período que estás reportando, estas deben ser emitidas nuevamente con fecha del mismo periodo en que fueron emitidas las facturas originales. En estos casos, debes solicitar la rectificativa tanto del formato 607 como del IT-1 del mes correspondiente, y de los períodos subsiguientes, según aplique. 

Para rectificar el Formato 607 solo debes enviarlo nuevamente con las informaciones corregidas.

Para rectificar el IT-1 debes seguir estos pasos:

https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca231-que-debo-hacer-para-rectificar-una-declaracion-jurada

Importante: en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 por el momento no estamos recibiendo solicitudes presenciales, por lo que, te exhortamos mantenerte verificando nuestros canales de comunicación oficiales, a fin de que te enteres de forma oportuna cuando sean abiertos nuevamente estos trámites.

Puedes rectificar el IT-1 por medio de la Oficina Virtual siempre y cuando cumplas con estas condiciones:

https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca237-con-cuales-condiciones-debo-cumplir-para-poder-realizar-...

Para rectificar el IT-1 por la Oficina Virtual debes seguir estos pasos:

https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca238-que-debo-hacer-para-realizar-una-rectificativa-del-it-1-...

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Saludos gracias por responder,  aclarando que la Nota de crédito la emití yo por lo que en este caso nos referimos al 607, favor indicar si cambia en algo la respuesta.  de no cambiar la respuesta, me surge la duda de que pasaría entonces con mi cliente si yo rectifico y reporto yo la nota de crédito en otro periodo distinto al que se la he entregado y el ha reportado, no creara esto inconsistencias en el cruce de información??     también cuando indica deben ser emitidas nuevamente, se refiere a que debo anular el NCF que ya tengo y que ya le entregue a mi cliente y emitir uno nuevo??  

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Buenas tardes, Derek. El procedimiento es el mismo tanto para si emitiste la nota de crédito como si te la emitieron a ti.

En otro orden, debes anular el NCF de la nota de crédito y emitir una nueva. Es importante señalar que también tu cliente debe rectificar sus envíos para evitar inconsistencias.

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entiendo, y una Aclaración final, esto asi porque el monto de la nota de credito es mayor a mi total de ventas???    o porque una nota de crédito no puede emitirse en un periodo distinto al de la factura si se involucrara el Itbis ??? 

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Buenos días, Derek. La respuesta que te facilitamos se realizó en base a la consulta que nos realizaste (el monto de la nota de crédito es mayor a tu total de ventas).

Las notas de crédito pueden ser emitidas y reportadas en cualquier periodo (tomando en consideración que aquellas que superen los 30 días de emitidas desde la factura original, no podrán considerar el ITBIS).

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