LP

martes, 8 de agosto de 2023 19:49

Cerrado

Nomina y NCF

En que formulario se reporta la nomina?

Hay que emitir algun comprobante fiscal para el pago de la nomina?

Solución oficial

Buenas tardes, Luisa. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el reporte del gasto de personal (incluyendo todos sus conceptos) deben ser realizados a través de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y esta viene anclada de manera automática a la DGII el Impuesto sobre la Renta liquidado (ISR) mediante los formularios IR-4 (detalle) e IR-3 (consolidado), por lo que, no debe emitir comprobantes fiscales a fin de reportar este gasto.

 

Esta última declaración debe ser presentada y pagada el ISR mensualmente por el empleador, a más tardar el día diez (10) del mes siguiente al período declarado.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.