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martes, 23 de noviembre de 2021 22:20

Cerrado

Los comprobantes B12 de único ingreso. los pueden utilizar organizaciones de Bancas de Apuestas y Financieras?

Dentro de la descripción de los comprobantes B12 de único ingreso DICE que son utilizados por organizaciones que realizan actividades exentas de ITBIS, ENTONCES Empresas de servicios de financiamiento QUE otorgan prestamos y tienen  transacciones DE PAGOS E INGRESOS por intereses y las bancas de apuestas entran dentro de la categoría que deben utilizar este tipo de comprobantes?

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días Miguel. Gracias por contactarnos.


Con previa autorización de esta DGII, son permitidos a emitir comprobantes para Registro de Único Ingreso, las entidades que posean una de las siguientes actividades: 

  

  1. Estaciones de combustibles. 
  2. Colmados. 
  3. Venta de pasajes de transporte urbano e interurbano (transporte de pasajeros). 
  4. Administradora de Fondos de Pensiones (AFPs). 
  5. Contribuyentes autorizados a realizar operaciones de compra y venta de divisas. 
  6. Instituciones católicas y religiosas, excepto los centros educativos de cualquier nivel. 

En ese sentido, le indicamos que, debido a su actividad económica debe emitir un comprobante de acuerdo con el tipo de contribuyente por cada ingreso recibido. 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.