8 Mensajes
Declaración de factura posterior a fecha del 606
Si en mayo me entregan una factura con fecha de enero ¿Puedo reportarla en mi 606 de mayo para aprovecharme el ITBIS ya que se encuentra aún dentro del mismo periodo fiscal?
Explicarme posibles contingencias
Gracias anticipadas por la colaboración.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 7 meses
Buenas tardes, Sebastian. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, corresponde realizar el reporte en el mes que corresponde la factura, es decir, en enero. En ese mismo orden, deberán realizar la rectificativa del formato de envío y de la declaración jurada IT-1.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
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JOSE MIGUEL CASTILLO
158 Mensajes
hace 7 meses
Buenas tardes, no. Lo correcto es reportar en enero y rectificar desde enero a la fecha.
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