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ley 30-26 DGII, Abogados tributario, especialista en Impuestos necesito su ayuda.
Buenas tardes.
Tengo una consulta sobre la aplicación de la Ley núm. 30-26 en materia de retenciones del ISR.
El artículo 17 de la Ley núm. 30-26 modificó el artículo 309 del Código Tributario, sustituyendo la retención del 10 % por un 15 % sobre los honorarios, comisiones y demás remuneraciones por la prestación de servicios en general provistos por personas físicas.
Por su parte, el artículo 70 del Reglamento núm. 139-98, en sus literales a), b), c) y d), establece una retención efectiva del 2 %, ya que dispone que la retención del 10 % prevista en el artículo 309 del Código Tributario se aplique sobre una renta neta presunta del 20 %.
Mi duda surge porque, conforme al principio de jerarquía normativa, una ley tiene un rango superior a un reglamento. Si la Ley núm. 30-26 modificó el porcentaje establecido en el artículo 309 del Código Tributario, pero el artículo 70 del Reglamento núm. 139-98 continúa haciendo referencia al 10 %, no me queda claro cuál es el tratamiento vigente.
Agradeceré si pueden indicarme:
- ¿Continúa vigente la retención efectiva del 2 % prevista en el artículo 70 del Reglamento núm. 139-98?
- Si la respuesta es afirmativa, ¿cuál es la base legal que sustenta mantener dicho 2 % luego de la modificación del artículo 309 del Código Tributario por la Ley núm. 30-26?
- Si la respuesta es negativa, ¿cuál es el porcentaje de retención que corresponde aplicar actualmente a los casos previstos en los literales a), b), c) y d) del artículo 70 del Reglamento núm. 139-98 y cuál es la base legal que lo respalda?
- ¿Tiene la DGII previsto emitir una Norma General, un criterio institucional o una modificación reglamentaria para armonizar el artículo 70 del Reglamento núm. 139-98 con la modificación introducida al artículo 309 del Código Tributario por la Ley núm. 30-26?
Agradezco de antemano que la respuesta.


Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuest .
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hace 16 días
Buenos días, Andreina. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, su respuesta se encuentra en la Comunidad de Ayuda con la pregunta CA59 ¿Qué porcentaje del ISR deben retener las Personas Jurídicas a las Personas Físicas en la prestación de servicios? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos.
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Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuest .
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hace 16 días
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