40 Mensajes

lunes, 30 de octubre de 2023 14:54

Cerrado

IR17 y Constructoras

Como constructora, le pagamos al maestro o ajustero por las labores que realiza según las cantidades de las mismas y los precios que acordemos. Le pago por esas cantidades y el luego utiliza ese monto para cubrir sus gastos de sus herramientas, combustible, personal (mayoría indocumentados usualmente), etc.

Para garantizar que ese maestro pague el 2% de ISR, la norma me obliga a mi como constructora a retenérselo y reportarlo en el ir17 cada mes.

Según la norma 07-2007, (en vista de que en el IR17 solo remito un monto), yo debo archivar -de manera complementaria-, la información del o de los pagos que produjeron ese monto. Entiendo que en esos datos irá:

- El número de ck o transferencia bancaria

- La fecha

- El nombre del maestro que recibió el cheque

- Su número cedula

- El monto del pago.

 

¿La pregunta es, a donde debo remitir esa información?

Solución oficial

Buenos días, Neo. Gracias por contactarnos.

 

La retención que conlleva este tipo de pagos debe ser reportada en la Declaración Jurada y/o Pago de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17) en la forma definida por esta Dirección General y la legislación fiscal vigente a más tardar el día 10 del mes siguiente al que se realice el pago.

 

La Norma 07-07 establece que el detalle de la información de dichos pagos se reportará anualmente a la DGII conjuntamente con la declaración del Impuesto Sobre la Renta de forma electrónica, indicando los siguientes datos: Nombre y cédula de quien recibió el pago, fecha de pago y monto pagado, actualmente esto no se está aplicando, el contribuyente deberá guardar la información en caso de futuras fiscalizaciones o por si la Administración Tributaria lo requiera.

 

Base Legal: Art. 3 de la Norma 07-2007 de Construcción.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.