martes, 25 de abril de 2023 19:24

Cerrado

gastos de remodelacion de oficina

Buenas Tardes,

necesito orientación sobre cómo registrar las compras de materiales para construcción oficinas de la empresa.

La empresa está construyendo oficinas nuevas (remodelación dentro del mismo edificio), está comprando los materiales directamente y pagando la mano de obra, estas compras cómo debo registrarlas en el 606, debo registrarla como gastos o como activo ya que le agregaran valor a la edificación?

Saludos,

Solución oficial

Buenos días, Awilda. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, los materiales y la mano de obra deben ser reportados como gastos.

 

Luego de que la remodelación este realizada debe solicitar la revaluación de un inmueble a la DGII y debe depositar en la Administración Local a la que pertenece el inmueble los siguientes documentos:

 

  • Formulario de Solicitud de Rectificativa (FI-ADML-012) llenado y firmado (en caso de Personas Jurídicas también debe estar sellado).
  • Copia del título de propiedad.
  • Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del propietario del inmueble .
  • Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del representante (aplica en el caso de que un tercero sea quien realice la solicitud).
  • Copia del contrato de transferencia (aplica en caso de que sea el adquiriente quien realice la solicitud).

 

  1. Documentos que sustenten la solicitud como son copia de planos, tasación privada, fotos, mensuras etc.
Tiempo de respuesta: 7 días laborables.
 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.