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jueves, 7 de marzo de 2024

Cerrado

FACTURAS DE INGRESOS AL EXTERIOR

Buenos dias, somos una empresa que presta servicios de marketing. Si vamos a facturar a una empresa que esta ubicada en Puerto Rico, debo utilizar el modelo de factura B16?

Por otro lado, el porcentaje de ITBIS que se debe aplicar, cual es? y finalmente debo reflejarlo en el formato 607?

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Solución aceptada

hace 1 año

Buenas tardes, Luis. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, procedemos a dar respuesta conforme al orden planteado:

 

1- En la prestación de servicios al exterior se debe emitir un comprobante de Facturas de Consumo (tipo B02)

 

2- Los servicios exportados se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), siempre y cuando sean prestados desde el territorio dominicano para ser utilizados y consumidos exclusivamente en el exterior por personas físicas o jurídicas no domiciliadas, ni residentes en la República Dominicana. El pago del servicio debe ser con renta de fuente extranjera y no puede afectar renta ni gastos en República Dominicana, en virtud del Decreto 293-11, Art. 14, literal (j).

 

3-Deberá reportar el ingreso en el Formato 607, tomando en consideración que las facturas de consumo con montos facturados inferiores a los doscientos cincuenta mil pesos (RD$250,000) deben ser reportadas a través de la sección Resumen General de Facturas de Consumo disponible en la opción Enviar Archivos de su Oficina Virtual (OFV).

 

¡Su experiencia en el servicio es importante para nosotros!

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.