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Extranjero con permiso de residencia por inversion(pensionista) y cedula dominicana. No residente fiscal
Buenos días, soy extranjero con permiso de residencia por inversión como jubilado y tengo cédula dominicana. También tengo un contrato de alquiler de la casa en la que vivo cuando estoy en R.D. Sin embargo, este año, mi primero como residente, y los dos próximos no voy a estar en República Dominicana 182 días o mas.
Pero tengo, en Republica Dominicana, porque los he comprado, unos apartamentos que tengo alquilados y me producen unas rentas. ¿Tengo que declarar esas rentas en alguna declaración, en el ISR, por ejemplo? o ¿se quedan sin declarar porque no soy considerad residente fiscal por no haber permanecido 182 días en República Dominicana? O, desde el momento que tengo esas rentas SI soy considerado residente fiscal y tengo que declararlas? Mi intención es pagar los impuestos correspondientes a esas rentas, pero, ¿puedo?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 meses
Buenos días, Javier. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, la respuesta a su pregunta se encuentra en el siguiente enlace:
CA2562 ¿Los no residentes o no domiciliados en la República Dominicana deben pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR)? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Javier Lopez
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hace 2 meses
Muchas gracias a vosotros por vuestra rápida respuesta.
Pero me queda la duda de que si, como se dice en el enlace que me habéis enviado, tengo la obligación de realizar la declaración de la renta IRS por esas u otras rentas dominicanas, estaría siendo considerado "residente a efectos tributarios" aun sin haber pasado 182 días en el país. Esto es importante para poder aplicar el CDI y evitar la doble tributación de esas rentas.
Por si sirve de aclaración, alquile la casa en la que vivo en República Dominicana a primeros de este año, o sea que el contrato tiene ya una duración muy superior a 182 días (aunque yo, por motivos familiares de enfermedad he estado menos tiempo)
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