Sí, las Personas Físicas y las Jurídicas no residentes o domiciliadas en la República Dominicana, están sujetas al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de las rentas de fuente dominicana, independientemente provengan de establecimientos permanentes o no.
Base Legal: Ley 11-92, Art. 270 (modificado por el Art. 01 de la Ley 253-12).
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 7 años
Base Legal: Ley 11-92, Art. 270 (modificado por el Art. 01 de la Ley 253-12).
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