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Exención Contributiva persona física y 606
Una persona física que reportó 606, puede acogerse a la exención contributiva al momento de declarar el IR1, tomando en cuenta que los gastos reportados fueron muy mínimos.
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Una persona física que reportó 606, puede acogerse a la exención contributiva al momento de declarar el IR1, tomando en cuenta que los gastos reportados fueron muy mínimos.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 meses
Buenos días, Ana. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA3010 ¿Puedo hacer uso de la exención contributiva y al mismo tiempo deducir costos y gastos al presentar la declaración de IR-1?
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Ana Ferreras
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hace 2 meses
Buenas
una persona física que su RNC esté en estado de suspendido por no reportar absolutamente nada, por falta de conocimiento y decide ponerse al día, pero tiene reportes de terceros de tarjeta de créditos, la forma de reportar estas ventas sería solicitando NCF consumidores finales y reportar dichas ventas en el resumen del 607 y luego reportar el ITBIS normal?
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