lunes, 18 de agosto de 2025

Cerrado

Escolaridad hijo menor de un empleado fallecido

Una empresa decide pagarle la escolaridad a un hijo menor de un empleado fallecido. 

1- ¿ Cual es el tratamiento si decide pagarle directamente al colegio ?

2- ¿ Cual es el tratamiento si decide darle el efectivo a famiiares del niño?

2- ¿ Es un gasto deducible ?

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Buenas tardes, Juana. ¡Gracias por contactarnos!
 
En atención a su consulta, es importante resaltar que, los gastos admitidos son los gastos que forman parte de la actividad económica que realiza.

En ese mismo orden, al fallecer un empleado deja de formar parte de la sociedad, de hacer referencia a la Ley 179-09 modificada por la Norma 06-09 no aplica, ya que, es en caso de empleados activos.

De no referenciar las normativas antes citadas se le exhorta realizar una consulta técnica.

‎CA1971 ¿Cómo puedo realizar una consulta técnica sobre leyes o impuestos en la DGII? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos


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