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lunes, 7 de septiembre de 2020 15:26

Cerrado

Emision de nota de credito despues del cierre fiscal

Una empresa despues de realizar su cierre fiscal, puede emitir una nota de credito reversando una factura ya declarada en el cierre?

Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes, Sunilda. Sí, ya que no existe fecha límite para emitir una nota de crédito, no obstante, las que sean efectuadas 30 días después de la factura original, no podrán incluir el ITBIS.

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hace 5 años

Si... puedes hacerlo sin ningun problema. En sí no reversas la factura, sino otorgar un Credito a ese cliente para futuro consumo, en caso de que sea una CXC practivamente anulas el compromiso entre las partes mediante el mecanismo de Nota de Credito.

Debes tener pendiente que, si la nota de crédito fue emitida pasados los 30 días desde la facturación, no debes incluir el ITBIS. Reglamento 293-11, art.8.

hace 5 años

Buenos dias Sunilda
Si, la Nota de Crédito con Valor Fiscal es el documento establecido por la DGII para reversar una factura con valor fiscal, no importa que haya un cierre fiscal por el medio.  
Espero le sea util esta repuesta.  Saludos.

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hace 5 años

gracias, 

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hace 5 años

Claro. Las cuentas nominales son las que cierran al final del periodo para poder determinar beneficios. Las cuentas reales no. Se mantienen abiertas.