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miércoles, 28 de agosto de 2024 16:16

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¿El ISC se suma como parte de la Base Imponible del ITBIS?

Buenos días, tengo la siguiente duda: ¿El ISC se suma como parte de la Base Imponible del ITBIS?

Cito la siguiente publicación (https://ayuda.dgii.gov.do/conversations/itbis/ca1050-cul-es-la-base-imponible-para-el-clculo-del-itbis/5f3c176c8cd858ce879d0f53) de la DGII:

"La base imponible sobre la cual se debe calcular el ITBIS  es la siguiente, según sea el caso:

  1. Transferencia de bienes industrializados: el precio neto de la transferencia más las prestaciones accesorias que otorgue el vendedor, tales como: transporte, embalaje, fletes e intereses por financiamientos, se facturen o no por separado, más el importe de los impuestos selectivos que sean aplicables, menos las bonificaciones y descuentos."

Esto me da a entender que se debería de sumar el ISC como parte de la Base Imponible para aplicar la tasa correspondiente del ITBIS, ¿podrían explicarme esto y también ampliar más este punto que no me queda del todo claro? Si tuvieran algún ejemplo práctico sería genial.

Gracias por su tiempo.

Solución aceptada

Buenas tardes, Enrique. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el ISC no se suma directamente a la base imponible del ITBIS. La base imponible del ITBIS se calcula sobre el precio de venta o el valor de los bienes y servicios sin incluir el ISC.

 

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