lunes, 21 de abril de 2025

Cerrado

Donacion a una ONG de parte de una entidad del estado (CONANI)

Sin una ONG recibe una donación en efectivo de parte de una entidad del estado, específicamente CONANI, que tipo de comprobante fiscal debe emitir la ONG para sustentar esta donación? 

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Solución oficial

Buenos días, Lucy. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el donatario (quien recibe la donación) debe emitir un comprobante de acuerdo con el tipo de cliente/donante y al requerido por estos para amparar la donación recibida.

Por ejemplo:

  • Empresas privadas: comprobante con valor de crédito fiscal (B01/E31).
  • Zonas Francas: comprobante para régimen especiales (B14/E44).
  • Instituciones Estatales: comprobante gubernamental (B15/E45).

Importante:

• Esta disposición aplica para donaciones recibidas por instituciones sin fines de lucro.

• En el caso de las donaciones por patrocinio también aplica la emisión de un comprobante.

• Los diezmos y ofrendas (efectivo o especie) dadas por los feligreses se consideran donaciones, por lo que, deben estar amparadas en un NCF si el donante lo quiere.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Luego de haber transcurrido 24 horas sin recibir la información, cerraremos la pregunta, en caso de aún requerir la asistencia por favor crear una nueva.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.