lunes, 31 de marzo de 2025 18:15

Cerrado

devolución gasto educativo por ir-1

Al momento de presentar el IR-18 el sistema nos indicó que presentar el IR-1 ya que al estar desempleado no tenemos un patrón laboral asignado.

Pregunta: En que parte del IR-1 debo colocar el gasto subido como educativo?

Solución oficial

Buenas tardes, Juan. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el mismo se completa de manera automática en la casilla 7 del IR-1, siempre y cuando haya registrado sus gastos en el panel de gastos educativos antes del 28 de febrero del 2025.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Luego de haber transcurrido 24 horas sin recibir la información, cerraremos la pregunta, en caso de aún requerir la asistencia por favor crear una nueva.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.