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declaracion RST ( Saldo a favor)
Por qué razón, en la nueva declaración del RST no me está reconociendo el saldo a favor? y tampoco me reconoce saldo a favor de anteriores ejercicios fiscales. Estoy acogido al RST como persona física.
Saludos
Saludos
Solución oficial
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hace 5 años
De acuerdo con el Párrafo V, Artículo 22 del Reglamento 265-19, las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) aplicadas a tus actividades económicas o profesionales podrán ser acreditables del ISR que resulte a pagar en el periodo fiscal sujeto al régimen, sin embargo, no podrán generar un crédito para períodos fiscales posteriores.
A su vez, el Párrafo VI, Artículo 22 del Reglamento 265-19, establece que los contribuyentes que soliciten acogerse al RST y que presenten saldos a favor del ISR en periodos fiscales anteriores no prescritos, podrán solicitar a la DGII su compensación o reembolso conforme lo dispuesto en el Artículo 19 del Código Tributario.
Para solicitar la compensación o reembolso debes seguir los pasos a continuación:
https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca4127-si-me-acojo-al-regimen-simplificado-de-tributacion-en-c...
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