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Consulta sobre rechazo de rectificativa y estimación de gastos.
Buenos días,
Tengo un caso que deseo consultar y agradecería su orientación, ya que entendemos que existe una situación fiscal que podría no haber sido evaluada correctamente.
Un cliente se dedica al servicio de transporte. Durante los años 2020 al 2023, una empresa contratante le realizó retenciones del 2% correspondientes a pagos por servicios prestados. Sin embargo, el contribuyente no se encontraba formalmente registrado ante la DGII durante esos períodos y desconocía completamente sus obligaciones fiscales.
En el año 2024, la empresa contratante le exige emitir comprobantes fiscales (NCF), por lo que el contribuyente procede a formalizarse y contratar un contador para regularizar su situación fiscal.
Como parte del proceso, la DGII exigió la presentación de las declaraciones juradas correspondientes a los años 2020 al 2023. Dichas declaraciones fueron preparadas presentando únicamente los ingresos generados y las retenciones aplicadas en esos años, sin incluir gastos deducibles.
El resultado fue una determinación de impuestos extremadamente elevada, incluyendo recargos, intereses e indemnizaciones, a pesar de que el contribuyente desconocía totalmente la obligación de registrarse y declarar.
Posteriormente, intentamos realizar una rectificativa utilizando el criterio de estimación razonable de gastos, tomando en consideración que, desde una lógica fiscal y operativa, es imposible generar ingresos en actividades de transporte sin incurrir en costos y gastos esenciales como:
- Combustible
- Mantenimiento y reparación
- Gomas y piezas
- Peajes
- Lubricantes
- Ayudantes y otros costos operativos
Sin embargo, la rectificativa fue rechazada bajo el argumento de que no pueden aceptarse gastos sin NCF.
Nuestra inquietud es la siguiente:
¿Cómo puede exigirse documentación fiscal con NCF de períodos en los cuales el contribuyente ni siquiera estaba formalmente inscrito ante la DGII, y por tanto no tenía estructura administrativa ni conocimiento para exigir comprobantes válidos a suplidores informales o gastos operativos propios de este tipo de actividad?
Entendemos que debe existir algún mecanismo de evaluación razonable o criterio técnico para estos casos de regularización tardía, especialmente considerando la naturaleza del servicio de transporte y la realidad operativa del contribuyente.
Agradeceríamos por favor su orientación sobre:
- Si existe una base legal o procedimiento para aplicar estimaciones razonables de gastos en procesos de regularización.
- Qué alternativas tiene el contribuyente para reducir una determinación que no refleja la realidad económica del negocio.
- Si existe posibilidad de revisión administrativa del caso.
Quedamos atentos a sus comentarios y orientación.




Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
27.5K Mensajes
hace 9 días
Buenos días, Starlin. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que en los casos en los que un contribuyente necesita presentar la declaración de un período en el que no tuvo contabilidad organizada, ni la documentación correspondiente para presentar correctamente sus transacciones, el contribuyente tiene la opción de solicitar una estimación, a fin de que el impuesto le sea determinado de manera aproximada, según la realidad de su sector económico. No obstante, dado que esta opción no fue tomada en principio y ya existe una declaración para el período, deberá tratar su caso particular con la administración local a la que pertenece, quienes deberán evaluar sus posibilidades y ofrecerle la mejor opción en su caso actual.
En caso de que quede en desacuerdo con la administración y desee que su caso sea revisado aun a más profundidad, también tiene la opción de elevar un recurso de reconsideración, en el cual solicite a nuestra Gerencia Legal la evaluación de la respuesta dada a la luz de la Ley.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Starlin Santiago
45 Mensajes
hace 9 días
este punto no lo entendi, para solicitar una estimacion
Proforma de la declaración jurada de renta (IR-1/IR-2) (en caso de Personas Jurídicas debe estar sellada). esto se refiere a las copias formularios de la declaracion?
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