martes, 11 de agosto de 2026

Consulta sobre aplicacion del ITBIS A INTERESES,MORA Y GASTOS LEGALES POR FINANCIAMIENTO DE VEHICULO.

Estimados señores de la Comunidad de Ayuda:

Saludos cordiales.

Por medio de la presente, nos gustaría realizar una consulta relacionada con el tratamiento fiscal del ITBIS aplicable a una operación de compra y financiamiento de un vehículo.

Compramos un vehículo directamente con un dealer, mediante un acuerdo de financiamiento. al no cumplir con el pago dentro del plazo establecido, el dealer realizó un cobro adicional que incluye intereses por financiamiento/mora, gastos legales y otros cargos relacionados con el incumplimiento del pago.

Al solicitar la documentación fiscal correspondiente, el dealer nos informó que dichos conceptos serían facturados incluyendo ITBIS.

En ese sentido, agradeceríamos su orientación sobre las siguientes situaciones:

1. ¿Los intereses generados por el financiamiento otorgado directamente por el dealer para la adquisición del vehículo están sujetos al pago de ITBIS?


2. ¿Los intereses o recargos generados por el atraso en el pago de las cuotas del vehículo están gravados con ITBIS?


3. ¿Los gastos legales cobrados al cliente como consecuencia del atraso en el pago deben llevar ITBIS?


4. En caso de que algunos de estos conceptos estén gravados, ¿deben considerarse parte de la base imponible del ITBIS de la operación de venta del vehículo?


5. ¿Existe algún tratamiento particular cuando el financiamiento es otorgado directamente por el dealer y no por una entidad financiera?

Agradeceríamos mucho su orientación y, de ser posible, la indicación de la base legal o normativa aplicable para sustentar el tratamiento fiscal correspondiente.

Quedamos atentos a sus comentarios.

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Solución oficial

Buenas tardes, Massiel. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, las penalidades por moras e intereses se encuentran alcanzadas por el ITBIS, puede visualizarlo en el siguiente enlace:

‎CA5390 ¿Las penalidades (recargos por mora e intereses) generadas por incumplimiento en el pago por la adquisición de bienes y servicios se encuentran alcanzadas por el ITBIS? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.