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jueves, 25 de junio de 2020

Cerrado

Compensación intercompañía es equivalente a pago para los fines de retención?

En el caso de que una compañía le facture un servicio sujeto a retención de ITBIS a otra empresa relacionada, y estas decidan hacer una compensación de saldos, por lo que no existirá un método de pago convencional como el cheque, transferencia, etc. para el reporte de dicha retención, mi duda es: ¿La fecha de compensación es equivalente a la fecha de pago para los fines de reporte y pago de dicha retención ante la DGII?
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Solución oficial

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hace 5 años

Buenas tardes, Flor. Confirmamos que hemos recibido tu inquietud y estamos realizando las verificaciones de lugar con el departamento correspondiente, a fin de brindarte la asistencia requerida en el menor tiempo posible.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

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hace 5 años

Hola, a la espera de su respuesta.

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Buenas tardes, Flor. Continuamos realizando las verificaciones de lugar con el departamento correspondiente. Te estaremos brindando la asistencia requerida tan pronto como sea posible.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

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Buenas tardes, Flor. Tu consulta fue respondida en otra pregunta. Puedes visualizarla ingresando mediante este enlace: 

https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/compensacion-intercompanias

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