miércoles, 25 de febrero de 2026

Cese de estado de indivisión de sucesiones cuyas obligaciones fueron pagadas

Buenas tardes,
Realizo la consulta respecto a los pasos a dar para el cese del estado de indivisión y traspaso de la titularidad de los bienes del decujus a cuya sucesión ya se le efectuó el pago de impuestos.

Por ejemplo, para el caso de los vehículos encontré este link (‎Traspaso de Vehículos (venta entre hermanos, co-sucesores) | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos) que alude a que entre los herederos (supóngase hermanos) puede mediar "acuerdo suscrito por los herederos notariado y legalizado, designando a quien será transferido el vehículo", suponiendo que pudiera mediar acuerdos para la existencia de más de un vehículo en la sucesión; ejemplo, en caso de existir tres vehículos y tres herederos, acordar mediante acto o actos (sea uno hoy, otro mañana y otra pasado mañana) la transferencia de uno para cada uno. Confirmarme por favor.

Pero para el caso de los inmuebles, ¿Qué pasos debo dar para que a efectos de registro por ante la DGII el inmueble pase a los herederos? ¿Tiene que pasar a todos los herederos el inmueble o puede pasar a uno solo de ellos (para fines de registro simplemente, porque a efectos de titularidad por ante la JI todos los herederos serán titulares)? . La pregunta se ocasiona con el ánimo de que terceros que adquirieron derechos de mano de uno de los herederos puedan hacer sus pagos de transferencia, ya que estando el inmueble a nombre del decujus no pueden.

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Jofiel. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que el derecho de propiedad del inmueble puede ser transferido a uno de los herederos, varios de ellos o a todos, dependiendo de lo dispuesto en los documentos legales que se aporten (testamentos, acuerdos entre herederos, etc.). En caso de que ninguno de los herederos prevalezca sobre los demás en cuanto al derecho de la propiedad, según los documentos presentados, todos tendrían derecho sobre el inmueble hasta que elaboren un acto de venta o de cesión de algún tipo.

 

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