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Certificacion de Retencion
Buenas tardes.
Me gustaría saber si para los fines Impositivos es de carácter obligatorio imprimir la Certificación de retención para enviarla de manera física al solicitante o por defecto se la podría enviar por correo ya que estamos en una época digital y la DGII no está acompañando en dichos procesos digitales.
en resumen debo de darle la certificación de retención física o solo se la puedo enviar por correo para los fines de presentación.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.9K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Miguel. Gracias por contactarnos.
Le informamos que está a opción de quienes intervienen en la transacción la vía que utilizaran para la entrega de la carta de retención.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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