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Carta de garantía
Hola me gustaría tener mas información sobre la carta de garantía. Indican que debe ser firmada por el presidente, gerente o liquidador, pero no especifica el tiempo de vigencia? y cuales serian los compromisos tendría el garante?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 año
Buenos días, Johana. Gracias por contactarnos.
La carta de garantía consiste en una comunicación notariada y legalizada que expresa la responsabilidad del presidente de la empresa ante las deudas u obligaciones que han sido contraídas por la entidad con anterioridad a la disolución.
Dicha comunicación sirve como una fianza donde el presidente en nombre de la compañía que se va a disolver se compromete a honrar cualquier compromiso que surgiese posterior a la fecha de cierre.
Consideraciones Importantes:
La fecha del acto y la notarización debe ser la misma.
En cuanto al tiempo será hasta que las deudas de la entidad queden saldadas.
Para más información, le recomendamos a consultar la base legal Ley 11-92, Art. 29.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
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